Fase 1 de contingencia ambiental en el Valle de México se mantiene para este viernes, anuncia CAMe
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó la mañana de este viernes que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó la mañana de este viernes que continúa la Fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas.
La Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) está conformada por la Ciudad de México, Estado de México, Tlaxcala, Querétaro, Puebla, Hidalgo y Morelos.
En su reporte de las 10:00 horas de este viernes, la CAMe detalló que no existen condiciones para levantar la Fase 1 de contingencia, por lo que estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas en la ZMVM e informará en un boletín a las 15:00 horas.
La CAMe recordó a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas de este viernes.
El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informó que las condiciones meteorológicas propiciarán de moderado a significativo estancamiento de los contaminantes precursores del ozono y formación del mismo ocasionando calidad del aire de mala a muy mala.
El jueves por la tarde, la Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la Fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono debido a que se registró una condición que alcanzó los 167 ppb de ozono y se mantuvieron condiciones muy adversas.
Deberán suspender su circulación los siguientes vehículos
- Los vehículos de uso particular con holograma 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma tipo 1 cuyo último dígito sea 2, 4, 6, 8, 9 y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas LP a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación 0, 1 o 2 que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas LP).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.